+Artículo 6 4.
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Artículo 6 4.
En un plazo de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud completa conforme al apartado 3, las autoridades competentes adoptarán una decisión relativa a la inscripción de un PEPP únicamente si el solicitante reúne los requisitos para ofrecer PEPP con arreglo al apartado 1, y si la información y los documentos presentados en la solicitud de inscripción a que se refiere el apartado 2 cumplen lo dispuesto en el presente Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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