+Artículo 33 2.

Artículo 33 2.

El promotor de PEPP o distribuidor de PEPP podrá cumplir los requisitos del apartado 1 suministrando el documento de datos fundamentales del PEPP a una persona autorizada por escrito para tomar decisiones de inversión en nombre del ahorrador en PEPP respecto de operaciones realizadas en virtud de dicha autorización escrita.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito