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+Artículo 46 2. |
Artículo 46 2.Las técnicas de reducción del riesgo aplicables podrán incluir, por ejemplo:
a)
disposiciones destinadas a adaptar gradualmente la asignación de inversiones a fin de mitigar los riesgos financieros de las inversiones para los grupos de inversores correspondientes a la duración residual (basadas en la edad);
b)
disposiciones que establezcan reservas procedentes de aportaciones o de rendimientos de inversiones, que se asignarán a los ahorradores en PEPP de forma equitativa y transparente para mitigar las pérdidas de inversión, o
c)
disposiciones para la utilización de garantías adecuadas para proteger contra pérdidas de inversión. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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