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+Artículo 50 1. |
Artículo 50 1.Los promotores de PEPP y distribuidores de PEPP implantarán y aplicarán procedimientos adecuados y eficaces para resolver las reclamaciones presentadas por los clientes de PEPP en relación con sus derechos y obligaciones en virtud del presente Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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