+Artículo 50 5.

Artículo 50 5.

La información sobre los procedimientos a que se refiere el apartado 1 figurará de manera clara, comprensible y fácilmente accesible en el sitio web del promotor de PEPP o distribuidor de PEPP, en la sucursal, y en las condiciones generales del contrato celebrado entre el promotor de PEPP o distribuidor de PEPP y el cliente. En ella se especificará cómo puede obtenerse información adicional sobre el organismo RAL correspondiente y sobre las condiciones para recurrir a ella.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito