|
+Artículo 66 2. |
Artículo 66 2.Las autoridades competentes cooperarán entre sí de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (
6
), las Directivas 2009/65/CE, 2009/138/CE, 2011/61/UE, 2014/65/UE, (UE) 2016/97 y (UE) 2016/2341.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|