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+Artículo 6 4. |
Artículo 6 4.El artículo 16, apartados 2 y 4, de la Directiva 2007/64/CE se aplicará a los fondos recibidos para las actividades enunciadas en el apartado 1, letra a), del presente artículo que no esté vinculada a la emisión de dinero electrónico.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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