+Artículo 10 1

Artículo 10 1

1.   Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para permitir el embargo y el decomiso de los instrumentos y productos de los delitos a que se refieren los artículos 3 y 4. Los Estados miembro vinculados por la Directiva 2014/42/UE del Parlamento Europeo y del Consejo adoptarán las medidas necesarias con arreglo a dicha Directiva.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito