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+Artículo 3 6. |
Artículo 3 6.Se entenderá por grupos medianos los que no sean grupos pequeños y estén constituidos por una sociedad matriz y sus filiales que vayan a incluirse en una consolidación y que, de manera consolidada, no rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios siguientes en la fecha de cierre del balance de la sociedad matriz:
a)
total del balance: 25 000 000 EUR;
b)
volumen de negocios neto: 50 000 000 EUR;
c)
número medio de empleados durante el ejercicio: 250. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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