+Artículo 11 Presentación alternativa del balance

Artículo 11 Presentación alternativa del balance

Artículo 11

Presentación alternativa del balance

Los Estados miembros podrán permitir o exigir a las sociedades, o a determinadas categorías de sociedad, que presenten las partidas basándose en una distinción entre partidas circulantes y no circulantes en un modelo diferente al establecido en los anexos III y IV, siempre que la información facilitada sea al menos equivalente a la que debería en otro caso presentarse de conformidad con los anexos III y IV.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito