+Artículo 19 2.

Artículo 19 2.

El informe de gestión incluirá asimismo:

a) 

la evolución previsible de la empresa;

b) 

las actividades en materia de investigación y de desarrollo;

c) 

en lo que concierne a las adquisiciones de acciones propias, las indicaciones mencionadas en el artículo 24, apartado 2, de la Directiva 2012/30/UE;

d) 

la existencia de sucursales de la empresa, y

e) 

con respecto al uso de instrumentos financieros por la empresa, y cuando resulte de importancia relativa significativa para la valoración de sus activos, pasivos, situación financiera y pérdidas o ganancias:

i) 

los objetivos y las políticas de la empresa en materia de gestión de los riesgos financieros, incluida la política relativa a la cobertura de cada tipo significativo de transacción prevista para la que se utilice la contabilidad de cobertura, y

ii) 

la exposición de la empresa al riesgo de precio, al riesgo de crédito, al riesgo de liquidez y al riesgo de flujo de caja.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito