+Artículo 21 Ámbito de aplicación de los estados financieros e informes consolidados

Artículo 21 Ámbito de aplicación de los estados financieros e informes consolidados

Artículo 21

Ámbito de aplicación de los estados financieros e informes consolidados

A los efectos del presente capítulo, la sociedad matriz y todas sus empresas filiales serán empresas que deben consolidarse cuando la sociedad matriz sea una empresa a la que se apliquen las medidas de coordinación que prescribe la presente Directiva en virtud del artículo 1, apartado 1.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito