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+Artículo 23 10. |
Artículo 23 10.No obstante lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, letra b), el artículo 21 y en los apartados 1 y 2 del presente artículo, toda sociedad matriz, incluidas las entidades de interés público, estarán exentas de la obligación prevista en el artículo 22 cuando:
a)
tenga solamente empresas filiales que tengan escasa importancia relativa tanto individual como colectivamente, o
b)
todas sus empresas filiales puedan excluirse de la consolidación con arreglo al apartado 9 del presente artículo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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