+Artículo 24 9.

Artículo 24 9.

Si la composición del conjunto de empresas incluidas en la consolidación hubiese sufrido una modificación notable durante el ejercicio, los estados financieros consolidados incluirán datos que proporcionen sentido a la comparación de los sucesivos estados financieros consolidados. Esta obligación podrá cumplirse mediante la preparación de un balance comparativo ajustado y una cuenta de pérdidas y ganancias comparativa ajustada.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito