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+Artículo 29 ter 2. |
Artículo 29 ter 2.
►M8
Las normas de presentación de información sobre sostenibilidad garantizarán la calidad de la información comunicada, exigiendo que sea comprensible, pertinente, verificable, comparable y expuesta de manera fiel. Las normas de presentación de información sobre sostenibilidad evitarán que se imponga una carga administrativa o financiera desproporcionada a las empresas, en particular teniendo en cuenta, en la mayor medida lo posible, el trabajo de las iniciativas mundiales de normalización de la presentación de información sobre sostenibilidad, tal como se exige en el apartado 5, letra a), y garantizando la máxima coherencia posible con los requisitos contemplados en otros actos jurídicos de la Unión. Las normas de presentación de información sobre sostenibilidad darán prioridad, en la medida de lo posible, a la divulgación de información cuantitativa, teniendo en cuenta la carga que supone para las empresas y las necesidades de los usuarios. ◄
Las normas de presentación de información sobre sostenibilidad, teniendo en cuenta el objeto de cada norma concreta de presentación de dicha información, deberán:
a)
especificar la información que las empresas deban divulgar sobre los siguientes factores medioambientales:
i)
la mitigación del cambio climático, también en lo que respecta a las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 1, alcance 2 y, en su caso, alcance 3,
ii)
la adaptación al cambio climático,
iii)
las aguas y los recursos marinos,
iv)
el uso de los recursos y la economía circular,
v)
la contaminación,
vi)
la biodiversidad y los ecosistemas;
b)
especificar la información que las empresas deban divulgar sobre los siguientes factores sociales y de derechos humanos:
i)
la igualdad de trato y de oportunidades para todos, incluida la igualdad de género y la igualdad de retribución por un trabajo de igual valor, la formación y el desarrollo de capacidades, el empleo y la inclusión de personas con discapacidad, las medidas contra la violencia y el acoso en el lugar de trabajo, y la diversidad,
ii)
las condiciones de trabajo, incluido el empleo seguro, el tiempo de trabajo, la adecuación de los salarios, el diálogo social, la libertad de asociación, la existencia de comités de empresa, la negociación colectiva, incluida la proporción de trabajadores cubiertos por convenios colectivos, los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores, la conciliación de la vida privada y la vida laboral, y la salud y la seguridad,
iii)
el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales, los principios democráticos y las normas establecidas en la Carta Internacional de Derechos Humanos y otros convenios fundamentales de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, como la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la Carta Social Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea;
c)
especificar la información que las empresas deban divulgar sobre los siguientes factores de gobernanza:
i)
la función de los órganos de administración, dirección y supervisión en lo que respecta a las cuestiones de sostenibilidad, y su composición, así como sus conocimientos especializados y capacidades en relación con el desempeño de dicha función, o del acceso de dichos órganos a esos conocimientos y capacidades,
ii)
las principales características de los sistemas internos de control y de gestión de riesgos de la empresa en relación con el proceso de presentación de información sobre sostenibilidad y de toma de decisiones,
iii)
la ética y cultura empresariales, incluida la lucha contra la corrupción y el soborno, la protección de los denunciantes de irregularidades y el bienestar animal,
iv)
las actividades y compromisos de la empresa relacionados con ejercer influencia política, incluidas sus actividades de presión,
v)
la gestión y la calidad de las relaciones con los clientes, proveedores y comunidades afectadas por las actividades de la empresa, incluidas las prácticas de pago, especialmente en lo que se refiere a la morosidad frente a las pequeñas y medianas empresas. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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