+Artículo 29 ter 5.

Artículo 29 ter 5.

Al adoptar actos delegados con arreglo al apartado 1, la Comisión tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, lo siguiente:

a) 

la labor de las iniciativas mundiales de normalización relativas a la presentación de información sobre sostenibilidad, y las normas y marcos existentes para la contabilidad del capital natural y la contabilidad de los gases de efecto invernadero, la conducta empresarial responsable, la responsabilidad social de las empresas y el desarrollo sostenible;

b) 

la información que necesitan los participantes en los mercados financieros con el fin de cumplir con sus obligaciones de divulgación establecidas en el Reglamento (UE) 2019/2088 y en los actos delegados adoptados en virtud de dicho Reglamento;

c) 

los criterios, indicadores y metodologías establecidos en los actos delegados adoptados en virtud del Reglamento (UE) 2020/852, incluidos los criterios técnicos de selección establecidos con arreglo al artículo 10, apartado 3, el artículo 11, apartado 3, el artículo 12, apartado 2, el artículo 13, apartado 2, el artículo 14, apartado 2, y el artículo 15, apartado 2, de dicho Reglamento y los requisitos de información establecidos en el acto delegado adoptado en virtud del artículo 8 del mismo Reglamento;

d) 

los requisitos de divulgación aplicables a los administradores de índices de referencia en la declaración sobre el índice de referencia y en la metodología del índice de referencia y los estándares mínimos aplicables a la elaboración de índices de referencia de transición climática de la UE y de índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París, de conformidad con los Reglamentos Delegados (UE) 2020/1816 ( 19 ), (UE) 2020/1817 ( 20 ) y (UE) 2020/1818 ( 21 ) de la Comisión;

e) 

la información que deba divulgarse especificada en los actos delegados adoptados en virtud del artículo 434 bis del Reglamento (UE) n.o 575/2013;

f) 

la Recomendación 2013/179/UE de la Comisión ( 22 );

g) 

la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 23 );

h) 

el Reglamento (UE) 2021/1119;

i) 

el Reglamento (CE) n.o 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 24 );

j) 

la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 25 ).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito