+Artículo 35 3.

Artículo 35 3.

El informe sobre los estados financieros consolidados cumplirá a los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2. Al informar de la concordancia del informe de gestión y los estados financieros con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1, letra e), el auditor legal o sociedad de auditoría considerará los estados financieros consolidados y el informe de gestión consolidado. En caso de que los estados financieros anuales de la sociedad matriz figuren adjuntos a los estados financieros consolidados, podrán combinarse los informes de auditoría requeridos con arreglo al presente artículo.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito