+Artículo 40 quinquies 2.

Artículo 40 quinquies 2.

Cuando el informe de sostenibilidad, junto con el dictamen de verificación y, en su caso, con la declaración publicados de conformidad con el apartado 1 del presente artículo, no se pongan gratuitamente a disposición del público en el sitio web del registro a que se refiere el artículo 16 de la Directiva (UE) 2017/1132, los Estados miembros velarán por que el informe de sostenibilidad, junto con el dictamen de verificación y, en su caso, con la declaración publicados por las empresas de conformidad con el apartado 1 del presente artículo se pongan a disposición del público en al menos una de las lenguas oficiales de la Unión de forma gratuita a más tardar doce meses a partir de la fecha del balance del ejercicio para el que se elabore el informe en el sitio web de la empresa filial o la sucursal a que se refiere el artículo 40 bis, apartado 1, de la presente Directiva.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito