+Artículo 43 3.

Artículo 43 3.

Cuando se efectúen pagos en especie a una administración pública, se consignarán por su valor y, en su caso, por su volumen. Se incluirán unas notas explicativas para aclarar el modo en que se ha determinado tal valor.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito