+Artículo 48 quinquies 1.

Artículo 48 quinquies 1.

El informe relativo al impuesto sobre sociedades y la declaración mencionada en el artículo 48 ter de la presente Directiva se publicarán en un plazo de doce meses a partir de la fecha de cierre del balance del ejercicio sobre el que se elabore el informe según lo dispuesto por cada Estado miembro de conformidad con los artículos 14 a 28 de la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 36 ) y, en su caso, de conformidad con el artículo 36 de la Directiva (UE) 2017/1132.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito