+Artículo 26 5.

Artículo 26 5.

Cuando un Estado miembro exija la auditoria legal de pequeñas empresas, podrá disponer que la aplicación de las normas de auditoría a que se refiere el apartado 1 sea proporcionada a la magnitud y complejidad de las actividades de dichas empresas. Los Estados miembros podrán tomar medidas con objeto de garantizar la aplicación proporcionada de las normas de auditoría a las auditorías legales de las pequeñas empresas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito