+Artículo 47 6.

Artículo 47 6.

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión los acuerdos de trabajo mencionados en los apartados 1 y 4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito