+Artículo 2 1.

Artículo 2 1.

El presente Reglamento se aplicará a:

a) 

los auditores legales y las sociedades de auditoría que realizan auditorías de las entidades de interés público;

b) 

las entidades de interés público.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito