+Artículo 8 4.

Artículo 8 4.

Al efectuar la revisión de control de calidad del encargo, el revisor consignará como mínimo lo siguiente:

a) 

la información oral y escrita suministrada por el auditor legal o el principal socio auditor para justificar los juicios significativos así como los principales resultados derivados de los procedimientos de auditoría aplicados y las conclusiones extraídas de dichos resultados, haya sido solicitada o no por el revisor;

b) 

las opiniones del auditor legal o del principal socio auditor manifestadas en los borradores de los informes a los que se refieren los artículos 10 y 11.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito