+Artículo 4 3.
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Artículo 4 3.
Con el fin de lograr el objetivo de neutralidad climática establecido en el artículo 2, apartado 1, el objetivo climático vinculante de la Unión para 2040 consistirá en una reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (emisiones una vez deducidas las absorciones) de un 90 % con respecto a los niveles de 1990, de aquí a 2040.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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