|
+Artículo 10 Hojas de ruta sectoriales |
Artículo 10 Hojas de ruta sectorialesArtículo 10 Hojas de ruta sectoriales La Comisión colaborará con los sectores de la economía de la Unión que opten por elaborar voluntariamente hojas de ruta indicativas para alcanzar el objetivo de neutralidad climática establecido en el artículo 2, apartado 1. La Comisión supervisará la elaboración de dichas hojas de ruta. Su colaboración conllevará facilitar el diálogo a escala de la Unión y el intercambio de mejores prácticas entre las partes interesadas pertinentes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|