+Artículo 1 4)
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Artículo 1 4)
«sucursal extranjera», una unidad institucional que es una parte legalmente dependiente de una persona jurídica residente en un país diferente al de su constitución de conformidad con el concepto de una «única sucursal» al que se hace referencia en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2533/98;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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