+Artículo 1 4)

Artículo 1 4)

«sucursal extranjera», una unidad institucional que es una parte legalmente dependiente de una persona jurídica residente en un país diferente al de su constitución de conformidad con el concepto de una «única sucursal» al que se hace referencia en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2533/98;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito