+Artículo 5 1

Artículo 5 1

1.   En relación con los instrumentos especificados en el artículo 4, los datos crediticios se presentarán cuando el importe del compromiso del deudor sea igual o superior a 25 000 EUR en cualquier fecha de referencia durante el período de referencia.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito