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+Artículo 5 1 |
Artículo 5 11. En relación con los instrumentos especificados en el artículo 4, los datos crediticios se presentarán cuando el importe del compromiso del deudor sea igual o superior a 25 000 EUR en cualquier fecha de referencia durante el período de referencia. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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