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+Artículo 13 2 |
Artículo 13 22. Los BCN decidirán cuándo y con qué periodicidad recibirán los datos de las entidades declarantes a fin de cumplir el plazo de transmisión de información al BCE, y lo comunicarán a las entidades declarantes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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