+Artículo 21 4.
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Artículo 21 4.
A más tardar el 21 de mayo de 2025, la Comisión establecerá, mediante actos de ejecución, los formatos y procedimientos de la notificación y la verificación a efectos de lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del presente artículo. Los actos de ejecución se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen contemplado en el artículo 48, apartado 2.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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