+Artículo 45 septies 7.

Artículo 45 septies 7.

A más tardar el 21 de noviembre de 2024, la Comisión establecerá, mediante actos de ejecución, una lista de normas de referencia y, en su caso, las especificaciones y los procedimientos para el apartado 3 del presente artículo. Dichos actos de ejecución serán coherentes con los actos de ejecución a que se refiere el artículo 5 bis, apartado 23, sobre la implantación de la cartera europea de identidad digital. Se adoptarán con arreglo al procedimiento de examen tal como prevé el artículo 48, apartado 2.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito