+Artículo 15 8

Artículo 15 8

8.   Los Estados miembros podrán denegar la prórroga de la estancia o la renovación de la autorización para fines de trabajo de temporada si el nacional de un tercer país solicita protección internacional de conformidad con la Directiva 2011/95/UE, o si solicita protección de acuerdo con el Derecho nacional, las obligaciones internacionales o las prácticas del Estado miembro de que se trate.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito