5. Se podrá interponer recurso contra toda decisión por la que se declare inadmisible o se deniegue una solicitud de autorización para fines de trabajo de temporada, o por la que se deniegue la prórroga de estancia o la renovación de una autorización para fines de trabajo de temporada, o por la que se retire una autorización para fines de trabajo de temporada, de conformidad con el Derecho nacional. La notificación escrita indicará la autoridad judicial o administrativa ante los que la persona interesada podrá interponer recurso, así como el plazo para hacerlo.