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+Artículo 11 2. |
Artículo 11 2.La Comisión estará facultada para adoptar, de conformidad con el artículo 30, un acto delegado que especifique el tipo de tasas, los conceptos por los que serán exigibles, el importe de las tasas y las modalidades de pago.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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