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+Artículo 19 6. |
Artículo 19 6.En los 30 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, la AEVM evaluará si esta está completa. Si la AEVM estima que la solicitud no está completa, fijará un plazo para que el registro de operaciones solicitante facilite información adicional.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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