+Artículo 26 6.

Artículo 26 6.

Las autoridades competentes velarán por que toda decisión publicada con arreglo al presente artículo permanezca en su sitio web durante como mínimo cinco años tras dicha publicación. Los datos personales que figuren en esas decisiones solo se mantendrán en el sitio web de la autoridad competente durante el tiempo que resulte necesario de acuerdo con las normas aplicables en materia de protección de datos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito