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+Artículo 29 5. |
Artículo 29 5.La AEVM, previa consulta de la JERS, publicará un informe anual sobre los volúmenes agregados de las OFV por tipo de contraparte y operación sobre la base de datos notificados de conformidad con el artículo 4.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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