+Artículo 3 1.

Artículo 3 1.

Los FMM se crearán conforme a uno de los siguientes tipos:

a) 

FMM de valor liquidativo variable;

b) 

FMM de valor liquidativo constante de deuda pública, o

c) 

FMM de valor liquidativo de baja volatilidad.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito