+Artículo 15 5.
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Artículo 15 5.
Un FMM que celebre un pacto de recompra inversa garantizará que en cualquier momento pueda recuperar el importe total del efectivo según el principio de devengo o según la valoración a precios de mercado. Cuando el efectivo pueda recuperarse en cualquier momento a precios de mercado, el valor liquidativo del FMM se calculará en función del valor a precios de mercado del pacto de recompra inversa.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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