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+Artículo 16 2. |
Artículo 16 2.Un FMM podrá adquirir las participaciones o acciones de otros FMM siempre que no invierta más del 5 % de sus activos en participaciones o acciones de un único FMM.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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