+Artículo 16 3.

Artículo 16 3.

Un FMM no podrá invertir, en total, más del 17,5 % de sus activos en participaciones o acciones de otros FMM.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito