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+Artículo 18 1. |
Artículo 18 1.Un FMM no podrá tener más del 10 % de los instrumentos del mercado monetario, titulizaciones y pagarés de titulización emitidos por un único organismo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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