+Artículo 22 Actos delegados en relación con la evaluación de la calidad crediticia

Artículo 22 Actos delegados en relación con la evaluación de la calidad crediticia

Artículo 22

Actos delegados en relación con la evaluación de la calidad crediticia

La Comisión adoptará, de conformidad con el artículo 45, actos delegados que complementen el presente Reglamento y en los que se especifique lo siguiente:

a) 

los criterios para la validación de la metodología de evaluación de la calidad crediticia, según se contemplan en el artículo 19, apartado 3;

b) 

los criterios para la cuantificación del riesgo de crédito y el riesgo relativo de impago de un emisor y del instrumento, según se contemplan en el artículo 20, apartado 2, letra a);

c) 

los criterios para establecer indicadores cualitativos sobre el emisor del instrumento, según se contemplan en el artículo 20, apartado 2, letra b);

d) 

el significado de «cambio significativo» a que se refiere el artículo 19, apartado 4, letra d).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito