+Artículo 28 7.
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Artículo 28 7.
La AEVM dictará directrices con vistas a establecer parámetros de referencia comunes a efectos de los escenarios de las pruebas de resistencia atendiendo a los factores mencionados en el apartado 1. Las directrices se actualizarán, como mínimo, anualmente, teniendo en cuenta la evolución reciente del mercado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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