+Artículo 28 7.

Artículo 28 7.

La AEVM dictará directrices con vistas a establecer parámetros de referencia comunes a efectos de los escenarios de las pruebas de resistencia atendiendo a los factores mencionados en el apartado 1. Las directrices se actualizarán, como mínimo, anualmente, teniendo en cuenta la evolución reciente del mercado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito