+Artículo 29 3.

Artículo 29 3.

Al emplear la valoración a precios de mercado:

a) 

los activos del FMM se valorarán al precio vendedor o comprador, en función de lo que resulte más prudente, a menos que se puedan liquidar al precio intermedio del mercado;

b) 

únicamente se utilizarán datos de mercado de buena calidad; dichos datos se evaluarán sobre la base de la información siguiente:

i) 

el número y la calidad de las contrapartes,

ii) 

el volumen y la volumen de negocios del activo del FMM considerado en el mercado,

iii) 

el tamaño de la emisión y la proporción de la misma que el FMM se proponga comprar o vender.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito