+Artículo 32 4.

Artículo 32 4.

La diferencia entre el valor liquidativo constante de cada acción o participación y el valor liquidativo de cada acción o participación calculado de conformidad con el artículo 30 será objeto de seguimiento y se publicará diariamente en el sitio web del FMM.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito