+Artículo 37 2.

Artículo 37 2.

La información remitida de conformidad con el apartado 1 incluirá los extremos siguientes:

a) 

el tipo y las características del FMM;

b) 

indicadores de cartera tales como valor total de los activos, valor liquidativo, vencimiento medio ponderado, vida media ponderada, desglose por vencimientos, liquidez y rendimiento;

c) 

los resultados de las pruebas de resistencia y, en su caso, el plan de acción propuesto;

d) 

información sobre los activos de la cartera del FMM, incluidos:

i) 

las características de cada uno de los activos, tales como denominación, país, categoría de emisor, riesgo o vencimiento, y el resultado del procedimiento de evaluación interna de la calidad crediticia,

ii) 

el tipo de activo, incluidos los datos relativos a la contraparte, cuando se trate de derivados, de pactos de recompra o de recompra inversa;

e) 

información sobre los pasivos del FMM que incluya los extremos siguientes:

i) 

el país donde el inversor esté establecido,

ii) 

la categoría de inversor,

iii) 

la actividad de suscripción y reembolso.

En caso necesario y debidamente justificado, las autoridades competentes podrán solicitar información suplementaria.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito