+Artículo 6 1

Artículo 6 1

1.   Cuando un proveedor de servicios de financiación participativa ofrezca un servicio de gestión individualizada de carteras de préstamos, el inversor otorgará un mandato que especificará los parámetros de prestación del servicio y que incluirá al menos dos de los criterios siguientes, que todos los préstamos de la cartera deberán cumplir:

a)

el tipo de interés mínimo y máximo que se pagará en el marco de cada préstamo facilitado al inversor;

b)

la fecha de vencimiento mínima y máxima de los préstamos facilitados al inversor;

c)

la gama y la distribución de cualquier categoría de riesgo aplicable a los préstamos, y

d)

en caso de que se ofrezca un tipo objetivo anual de rentabilidad de la inversión, la probabilidad de que los préstamos seleccionados permitan al inversor alcanzar el tipo objetivo con un grado de certeza razonable.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito