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+Artículo 12 11 |
Artículo 12 1111. El proveedor de servicios de financiación participativa autorizado de conformidad con el presente artículo deberá cumplir en todo momento las condiciones de su autorización. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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