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+Artículo 27 3 |
Artículo 27 33. Para sus comunicaciones publicitarias, los proveedores de servicios de financiación participativa utilizarán una o varias de las lenguas oficiales del Estado miembro en el que se difundan las comunicaciones publicitarias o en una lengua que acepten las autoridades competentes de dicho Estado miembro. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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